Cómo se evalúan las ofertas
Los factores con que se evalúan las ofertas y las garantías que declaran las bases de esta licitación, tal como los publica el portal. Los factores se muestran ordenados de mayor a menor peso; el portal los lista en otro orden.
Un factor concentra la evaluación: Precio, con 80%.
PrecioInclusión Laboral: (15%)Condiciones de empleo y remuneración
Precio
X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X
Inclusión Laboral: (15%)
Conforme al Art. N°05 de las bases . Resolución Exenta N°89 del 13/01/2025.
Condiciones de empleo y remuneración
Conforme al Art. N°08 de las bases . Resolución Exenta N°89 del 13/01/2025
Las 3 ponderaciones suman 100%, tal como las declara el portal
Garantías
Garantías de Seriedad de Ofertas | Beneficiario: GENDARMERÍA DE CHILE, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA, R.U.T. N°61.933.800-6 | Monto: 250000 | Moneda: Peso Chileno | Vencimiento: 13-06-2025 | Descripción: La seriedad de la oferta se garantizará mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos de Garantía: a) Una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista, un Depósito a la Vista o un Vale a la Vista, tomado en un banco chileno o con agencia en Chile; o un Certificado de Fianza a la Vista, emitido por alguna de las Instituciones de Garantía Recíproca (IGR); documento que deberá tener el carácter de irrevocable y extenderse a la orden de “GENDARMERÍA DE CHILE, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA, R.U.T. N°61.933.800-6”, por la suma de $250.000.-, y deberá tener una vigencia mínima de 90 días corridos posteriores a la fecha fijada para la apertura de la oferta económica. b) Una Póliza de Seguro, cuyo Asegurado sea GENDARMERÍA DE CHILE, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA, R.U.T. N°61.933.800-6, por el mismo monto y vigencia señalada en el párrafo anterior, cuyo monto deberá expresarse en su equivalente en Unidades de Fomento. Esta póliza de Garantía deberá tener el carácter de irrevocable y pagadera al sólo requerimiento de Gendarmería de Chile. El pago de la póliza debe efectuarse sin que deba Gendarmería de Chile estar sometida a procedimientos judiciales o de otra clase relacionados con el cobro, ni pueda su pago verse condicionado a liquidación de ninguna clase. c) Cualquier otra caución o garantía que cumpla con los requisitos mencionados en el artículo 68° del Reglamento de la Ley N° 19.886, caución o garantía que deberá ser pagadera a la vista e irrevocable El documento de Garantía deberá llevar la siguiente glosa: “para garantizar seriedad de la oferta correspondiente a la propuesta ID N°…” (Indicando el número de ID asignado al respectivo proceso). Si el documento no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completa o bien no puede incorporarse, ésta deberá ser escrita al reverso o consignarse en un documento emitido por la entidad emisora, el cual deberá acompañarse a tal instrumento. El referido documento podrá acompañarse en for2 | Glosa: La seriedad de la oferta se garantizará mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos de Garantía: a) Una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista, un Depósito a la Vista o un Vale a la Vista, tomado en un banco chileno o con agencia en Chile; o un Certificado de Fianza a la Vista, emitido por alguna de las Instituciones de Garantía Recíproca (IGR); documento que deberá tener el carácter de irrevocable y extenderse a la orden de “GENDARMERÍA DE CHILE, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA, R.U.T. N°61.933.800-6”, por la suma de $250.000.-, y deberá tener una vigencia mínima de 90 días corridos posteriores a la fecha fijada para la apertura de la oferta económica. b) Una Póliza de Seguro, cuyo Asegurado sea GENDARMERÍA DE CHILE, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA, R.U.T. N°61.933.800-6, por el mismo monto y vigencia señalada en el párrafo anterior, cuyo monto deberá expresarse en su equivalente en Unidades de Fomento. Esta póliza de Garantía deberá tener el carácter de irrevocable y pagadera al sólo requerimiento de Gendarmería de Chile. El pago de la póliza debe efectuarse sin que deba Gendarmería de Chile estar sometida a procedimientos judiciales o de otra clase relacionados con el cobro, ni pueda su pago verse condicionado a liquidación de ninguna clase. c) Cualquier otra caución o garantía que cumpla con los requisitos mencionados en el artículo 68° del Reglamento de la Ley N° 19.886, caución o garantía que deberá ser pagadera a la vista e irrevocable El documento de Garantía deberá llevar la siguiente glosa: “para garantizar seriedad de la oferta correspondiente a la propuesta ID N°…” (Indicando el número de ID asignado al respectivo proceso). Si el documento no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completa o bien no puede incorporarse, ésta deberá ser escrita al reverso o consignarse en un documento emitido por la entidad emisora, el cual deberá acompañarse a tal instrumento. El referido documento podrá acompañarse en for2
Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato | Beneficiario: GENDARMERÍA DE CHILE, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA, R.U.T. N°61.933.800-6 | Monto: 10 | Moneda: % | Vencimiento: 24-10-2025 | Descripción: Con el propósito de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el proponente que resulte adjudicado deberá entregar al Servicio, dentro del plazo de 05 días hábiles, desde la respectiva notificación de la adjudicación, alguno de los siguientes documentos de garantía: a) Un Vale Vista Bancario, un Depósito Bancario a la Vista, una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista o un Certificado de Fianza a la vista, tomado en un banco chileno o con agencia en Chile, en caso que se trate de un Certificado de Fianza a la vista deberá ser emitido por alguna Institución de Garantía Recíproca; documento que deberá tener el carácter de irrevocable y extenderse a la orden de “GENDARMERÍA DE CHILE, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA, R.U.T. N°61.933.800-6”, por un monto ascendente al 10% del monto total del contrato, IVA incluido, expresándose dicho valor en pesos chilenos; b) Una Póliza de Seguro, cuyo Asegurado sea el “GENDARMERÍA DE CHILE, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA, R.U.T. N°61.933.800-6”, que cubra el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por el mismo monto señalado en el párrafo anterior, el cual deberá expresarse en su equivalente en Unidades de Fomento. Esta póliza de Garantía deberá tener el carácter de irrevocable y pagadera al sólo requerimiento de Gendarmería de Chile, es decir, de ejecución inmediata. Por lo que, su pago debe efectuarse sin que deba Gendarmería de Chile estar sometida a procedimientos judiciales o de otra clase relacionados con el cobro, ni pueda su pago verse condicionado a liquidación de ninguna clase; o c) Cualquier otra caución o garantía que cumpla con los requisitos mencionados en el artículo 68° del Reglamento de la Ley N° 19.886, caución o garantía que deberá ser pagadera a la vista e irrevocable. El documento de Garantía deberá llevar la siguiente glosa: “para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y obligaciones previsionales correspondiente a ID N°…” (Indicando el número de ID asignado al respectivo proceso). Si el documento no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completamente o bien esta no se puede incluir, se deberá inscribir la glosa en su reverso o consignarla en una declaración jurada acompañada a tal instrumento. El oferente que sea readjudicado deberá cumplir con la entrega de la Garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y de la documentación correspondiente, dentro del plazo de 05 días hábiles, contados desde que se notifique la decisión de adjudicársele la licitación. El referido documento de Garantía reemplazará a aquél destinado a garantizar la seriedad de la oferta. La Garantía podrá otorgarse uno o varios instrumentos financieros, de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse en forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. El plazo de vigencia de la Garantía será igual al plazo de vigencia del contrato, aumentado en un período de 120 días corridos, a contar del término de aquel. Una vez certificada la prestación de los servicios, sin reparos ni observaciones por parte de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, efectuados, si procede, los respectivos análisis técnicos de calidad, certificados tales hechos por el área de Infraestructura Regional, y previo al vencimiento del plazo adicional de Garantía de 90 días corridos mencionado en el inciso precedente, se procederá a la devolución del documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato al proveedor, en caso contrario, se ejecutará dicha Garantía administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni actuación judicial o arbitral alguna. Si la o las Garantías de Fiel y Oportuno y, Cumplimiento del Contrato no sean entregadas dentro del plazo indicado en el inciso primero de este artículo, se hará efectiva la Garantía por Seriedad de la Oferta y habilitará a Gendarmería de Chile, a proceder en conformidad al artículo 29° de las presentes Bases Administrativas. En el evento que se cobre la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, con motivo de la aplicación de una multa, el contratista deberá modificar dicha garantía, con el propósito de mantener vigente el monto original indicado en el presente artículo. El plazo para entregar este nuevo documento de garantía será de 05 días hábiles, contados desde que se comunique al proveedor el cobro del documento original. El Servicio podrá solicitar a los oferentes que subsanen errores formales contenidos en el mencionado documento de Garantía, siempre y cuando haya sido entregado oportunamente; para ello se otorgará un plazo de 02 días hábiles, debiendo informarse de la situación a través del sitio de la propuesta. En caso de incumplimiento del contratista de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, Gendarmería de Chile estará facultada para hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que Gendarmería de Chile pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contratista. | Glosa: Con el propósito de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el proponente que resulte adjudicado deberá entregar al Servicio, dentro del plazo de 05 días hábiles, desde la respectiva notificación de la adjudicación, alguno de los siguientes documentos de garantía: a) Un Vale Vista Bancario, un Depósito Bancario a la Vista, una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista o un Certificado de Fianza a la vista, tomado en un banco chileno o con agencia en Chile, en caso que se trate de un Certificado de Fianza a la vista deberá ser emitido por alguna Institución de Garantía Recíproca; documento que deberá tener el carácter de irrevocable y extenderse a la orden de “GENDARMERÍA DE CHILE, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA, R.U.T. N°61.933.800-6”, por un monto ascendente al 10% del monto total del contrato, IVA incluido, expresándose dicho valor en pesos chilenos; b) Una Póliza de Seguro, cuyo Asegurado sea el “GENDARMERÍA DE CHILE, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA, R.U.T. N°61.933.800-6”, que cubra el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por el mismo monto señalado en el párrafo anterior, el cual deberá expresarse en su equivalente en Unidades de Fomento. Esta póliza de Garantía deberá tener el carácter de irrevocable y pagadera al sólo requerimiento de Gendarmería de Chile, es decir, de ejecución inmediata. Por lo que, su pago debe efectuarse sin que deba Gendarmería de Chile estar sometida a procedimientos judiciales o de otra clase relacionados con el cobro, ni pueda su pago verse condicionado a liquidación de ninguna clase; o c) Cualquier otra caución o garantía que cumpla con los requisitos mencionados en el artículo 68° del Reglamento de la Ley N° 19.886, caución o garantía que deberá ser pagadera a la vista e irrevocable. El documento de Garantía deberá llevar la siguiente glosa: “para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y obligaciones previsionales correspondiente a ID N°…” (Indicando el número de ID asignado al respectivo proceso). Si el documento no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completamente o bien esta no se puede incluir, se deberá inscribir la glosa en su reverso o consignarla en una declaración jurada acompañada a tal instrumento. El oferente que sea readjudicado deberá cumplir con la entrega de la Garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y de la documentación correspondiente, dentro del plazo de 05 días hábiles, contados desde que se notifique la decisión de adjudicársele la licitación. El referido documento de Garantía reemplazará a aquél destinado a garantizar la seriedad de la oferta. La Garantía podrá otorgarse uno o varios instrumentos financieros, de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse en forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. El plazo de vigencia de la Garantía será igual al plazo de vigencia del contrato, aumentado en un período de 120 días corridos, a contar del término de aquel. Una vez certificada la prestación de los servicios, sin reparos ni observaciones por parte de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, efectuados, si procede, los respectivos análisis técnicos de calidad, certificados tales hechos por el área de Infraestructura Regional, y previo al vencimiento del plazo adicional de Garantía de 90 días corridos mencionado en el inciso precedente, se procederá a la devolución del documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato al proveedor, en caso contrario, se ejecutará dicha Garantía administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni actuación judicial o arbitral alguna. Si la o las Garantías de Fiel y Oportuno y, Cumplimiento del Contrato no sean entregadas dentro del plazo indicado en el inciso primero de este artículo, se hará efectiva la Garantía por Seriedad de la Oferta y habilitará a Gendarmería de Chile, a proceder en conformidad al artículo 29° de las presentes Bases Administrativas. En el evento que se cobre la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, con motivo de la aplicación de una multa, el contratista deberá modificar dicha garantía, con el propósito de mantener vigente el monto original indicado en el presente artículo. El plazo para entregar este nuevo documento de garantía será de 05 días hábiles, contados desde que se comunique al proveedor el cobro del documento original. El Servicio podrá solicitar a los oferentes que subsanen errores formales contenidos en el mencionado documento de Garantía, siempre y cuando haya sido entregado oportunamente; para ello se otorgará un plazo de 02 días hábiles, debiendo informarse de la situación a través del sitio de la propuesta. En caso de incumplimiento del contratista de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, Gendarmería de Chile estará facultada para hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que Gendarmería de Chile pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contratista.