Cómo se evalúan las ofertas
Los factores con que se evalúan las ofertas y las garantías que declaran las bases de esta licitación, tal como los publica el portal. Los factores se muestran ordenados de mayor a menor peso; el portal los lista en otro orden.
Dos factores concentran el 75% de la evaluación: Precio y Experiencia de los Oferentes, con 45% y 30%.
Precio 45%
Experiencia de los Oferentes 30%
10%
10%
5%
PrecioExperiencia de los OferentesComportamiento contractual anteriorCumplimiento de los requisitosPACTO DE INTEGRIDAD Y COMPLIANCE
Precio
Corresponde al monto total ofertado indicado en el Formulario N°4 de Oferta Económica. Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más conveniente. Si todas las ofertas son mayores al presupuesto referencial, se considerará el monto referencial como el más conveniente. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente formula. Pje Oi = (Oe/Oi)* 100 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente (menor precio ofertado o monto referencial) Oi : Oferta del oferente i Nota: Se declarará inadmisible las ofertas cuyo plazo sea inferior a 120 días corridos, y las que oferten un plazo superior a 180 días corridos. PLAZO INADMISIBLE < RANGO ( 120 DÍAS CORRIDOS-180 DÍAS CORRIDOS )
Experiencia de los Oferentes
Se considerará solo la experiencia que se encuentre indicada en Formulario N°6 y que esté debidamente acreditada con los correspondientes certificados de experiencia o contratos. Aquella experiencia que no esté mencionada en Formulario N°6 o que no esté debidamente acreditada según lo indicado en el Artículo 11.4, punto 1, no será considerada. Las empresas que presenten 10 documentos, como certificados de experiencia, órdenes de compra, contratos (artículo 11.4. N° 1) obtendrán el puntaje máximo. Los que acrediten menos experiencia, serán evaluadas de acuerdo a la siguiente formula: Pje Oi = (Oi/Oe)* 100 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : 10 certificados Oi : Oferta del oferente i
Comportamiento contractual anterior
I. Se evaluará con 100 puntos al Proveedor que no registra reclamos/sanciones en Mercado Público durante los últimos 24 meses. II. Se evaluará con 50 puntos si el proveedor registra entre 1 y 4 reclamos/sanciones en Mercado Público durante los últimos 24 meses. III. Se evaluará con 0 puntos si el proveedor registra más de 5 reclamos/sanciones en Mercado Público durante los últimos 24 meses.
Cumplimiento de los requisitos
I. Se evaluará con 100 puntos a quien presente la totalidad de los documentos solicitados. II. Se evaluará con 80 puntos, a los proponentes que hayan presentado la totalidad de los antecedentes hasta el cierre de la Licitación, pero que deban realizar una segunda presentación de los formatos, donde se hayan detectado errores menores de llenado o aclarar documentos adjuntos. III. Se evaluará con 50 puntos a aquellos oferentes que no presenten un documento requerido en el artículo 11.2, 11.3 y 11.4 antes del cierre de recepción de ofertas y que no sea esencial. IV. Se evaluará con 0 puntos a aquellos oferentes que no presentaron dos o más documentos requeridos en el artículo 11.2, 11.3 y 11.4 antes del cierre de recepción de ofertas y que no sean esenciales.
PACTO DE INTEGRIDAD Y COMPLIANCE
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas y al Dictamen N° E370752 del año 2023 de la Contraloría General de la República, procede incluir un criterio de evaluación referido a si los oferentes cuentan con programas de integridad conocidos por su personal. En ese tenor, el criterio Pacto de Integridad se orienta a evaluar de acuerdo a las disposiciones contenidas en el inciso primero y sexto del artículo 4° de la ley N° 19.886, en el N° 2) del artículo 8° de la ley N° 20.393, que regula la responsabilidad penal de las personas jurídicas respecto de los delitos que indica, y en la letra d) del artículo 26 del decreto Ley 211 de 1973, que fija Normas para la Defensa de la Libre Competencia, que quienes contraten con la Administración del Estado, demuestren que han tenido un comportamiento íntegro, lo que se traduce en que las personas que trabajen para esos proveedores y participen en las actuaciones que deben llevarse a cabo durante la
Las 5 ponderaciones suman 100%, tal como las declara el portal
Garantías
Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato | Beneficiario: I. Municipalidad de Coquimbo | Monto: 5 | Moneda: % | Vencimiento: 31-03-2027 | Descripción: En virtud de lo que dispone el Artículo 123° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas N°19.886 y de acuerdo al Artículo Nº38 de la Ley Nº18.695, la empresa adjudicataria, previo a la firma del contrato, deberá entregar una Garantía extendida a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N° 69.040.300-5, por un monto equivalente al 5% del valor neto del contrato, cuyo objetivo es garantizar el fiel cumplimiento de éste y la correcta ejecución de la obra; garantía que deberá entregar hasta antes del momento de suscribir el contrato definitivo. La garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución de la Obra deberán cubrir el plazo ofertado más 14 meses, plazo que cubre la emisión de los actos administrativos previos a levantar el Acta de Entrega de Terreno, tales como decretos aprobatorios de contratos y designación de Inspección Técnica. El plazo ofertado se contabiliza desde el día siguiente a la Entrega de Terreno, hasta la Recepción Provisoria de Obras. Si no se ha entregado la Garantía exigida en el numeral 10.3 de las presente Bases, la Municipalidad si así lo determina, podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente. Si en el curso de la ejecución del proyecto se introdujeren aumentos y/o modificaciones a la obra (obras extraordinarias), deberán también rendirse garantías sobre estas modificaciones, en el porcentaje indicado y sobre el monto de esas partidas adicionales, con vigencia igual al plazo de ejecución más 14 meses, sumado a la modificación de plazo aprobada en caso que se contemple, debiendo mantener su vigencia según se establece el presente artículo. El Contratista será responsable de mantener vigente las garantías de “Fiel Cumplimiento de Contrato y Correcta Ejecución de las Obras”, si éste aumenta su plazo, si se registraran retrasos en el término de las obras o si, por cualquier otra causa, expirare su vigencia. La presente garantía podrá hacerse efectiva por incumplimiento en las obligaciones establecidas en el contrato. Esta garantía debe mantenerse siempre vigente y renovarse cada vez que se otorgue un aumento de plazo o de monto, o bien si es cobrada para hacer efectiva la aplicación de multas. En caso de término anticipado por incumplimiento o causa imputable al proveedor, al tenor de lo indicado en las bases administrativas, se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento a beneficio municipal. No obstante, el municipio se reserva el derecho de demandar judicialmente si los perjuicios son superiores al monto de la garantía. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán aplicar conjunta o independientemente otras sanciones que sean procedentes según contrato. La sola aceptación de las presentes bases implica la autorización del oferente a la Municipalidad de Coquimbo para hacer efectiva la garantía, sin necesidad de notificación previa, ni requerimiento administrativo judicial. Asimismo, determina la autorización expresa del oferente de prestador para aplicar los fondos recuperados de la garantía a satisfacción de los perjuicios causados y de su retención para el pago de eventuales responsabilidades. | Glosa: “Garantía de Fiel Cumplimiento y Correcta Ejecución de la Obra REPARACIÓN MIRADOR Y REFUERZO ANTETECHO CASA MAC-AULIFFE”, la que deberá ser extendida a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N°69.040.300-5. Las garantías deberán cubrir el plazo ofertado más 14 meses.”
Otras Garantías | Beneficiario: GARANTÍA POR ANTICIPO | Monto: 20 | Moneda: % | Vencimiento: 31-07-2026 | Descripción: El Contratista adjudicado podrá solicitar anticipo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 125 del Reglamento, previa petición a la Inspección Técnica y aprobación del Municipio. El anticipo no podrá ser de un monto superior al 20 % del valor del contrato primitivo (hasta 20%), y se otorgará siempre que el contratista lo caucione totalmente con una Garantía, cuyo plazo de vigencia será el del contrato (plazo ejecución de la obra) más seis meses. La solicitud de anticipo debe ser coordinada entre la Inspección Técnica y el contratista adjudicado, solicitud y pago que podrá gestionarse una vez firmado el contrato de obra, antes de la firma del acta de entrega de terreno, siempre que sea previo a cursar el primer estado de pago. El anticipo no estará afecto a reajuste y su devolución se efectuará en concordancia con el avance financiero de la obra. Se comenzará a devolver desde el primer estado de pago, en cuotas equivalentes al porcentaje de anticipo. Se descontará del monto del estado de pago respectivo, debiendo en todo caso quedar totalmente amortizado en el penúltimo estado de pago. Para efecto de la caución del anticipo se debe otorgar una Garantía por el mismo valor del monto solicitado, cuyo plazo de vigencia será el del contrato, más seis meses (180 días) y el monto del anticipo no podrá exceder del 20% del valor del contrato. | Glosa: “Garantía por anticipo proyecto “REPARACIÓN MIRADOR Y REFUERZO ANTETECHO CASA MAC-AULIFFE”.