Cómo se evalúan las ofertas
Los factores con que se evalúan las ofertas y las garantías que declaran las bases de esta licitación, tal como los publica el portal. Los factores se muestran ordenados de mayor a menor peso; el portal los lista en otro orden.
Un factor concentra la evaluación: Experiencia de los Oferentes, con 50%.
Experiencia de los Oferentes 50%
35%
8%
5%
2%
Experiencia de los OferentesPrecioComportamiento contractual anteriorCumplimiento de los requisitosPROGRAMA DE INTEGRIDAD Y COMPLIANCE
Experiencia de los Oferentes
Este criterio considera la evaluación de la experiencia del consultor o empresa oferente y la del Director de Proyecto. Se considerará sólo la experiencia que cumpla con lo establecido en el artículo 11.3 número 4 y 5 de las presentes bases administrativas, que se encuentre indicada en Formulario N°6 y Formulario N°7 respectivamente y que esté debidamente acreditada con los correspondientes certificados de experiencia, contratos u órdenes de compra con recepción conforme. Aquella experiencia que esté mencionada en los Formularios N°6 y N°7 y que no sea debidamente acreditada según lo indicado en el Artículo 11.3, número 4 y 5, no será considerada por la Comisión para la evaluación de la experiencia. En caso de experiencia debidamente acreditada que no se encuentre mencionada en los Formularios respectivos, podrá ser considerada para evaluar criterio de experiencia, sin perjuicio de considerar esa omisión en la evaluación del cumplimiento de los requisitos formales. Las ofertas serán evaluadas de acuerdo a la cantidad de documentos de experiencia acreditada que presenten los oferentes y la del profesional presentado como Director de Proyecto. El puntaje para este factor se asignará de la siguiente forma: Evaluación de Subfactores B.1 Experiencia del Consultor o empresa oferente 25% Experiencia en el desarrollo de estudios de prefactibilidad relacionados a sistema de transporte electromecánicos y/o de transporte urbano, de acuerdo a lo indicado en el artículo 11.3 N°4, se evaluará de acuerdo a la siguiente tabla: Cantidad de documentos Puntaje 7 o más 100 puntos Entre 4 y 6 80 puntos Entre 1 y 3 50 puntos No presenta o no acredita experiencia 0 puntos B.2 Experiencia del Director de Proyecto 25% B.2.1 Experiencia en formulación de proyectos con metodología MDSyF de preparación y evaluación social de proyectos 20%. Se evaluará de acuerdo a la siguiente tabla: Cantidad de documentos Puntaje 10 o más 100 puntos Entre 5 y 9 80 puntos Entre 1 y 4 50 puntos No presenta o no acredita experiencia 0 puntos B.2.2 Experiencia en formulación de proyectos con metodología MDSyF de preparación y evaluación social de proyectos en metodología de transportes 80%. Se evaluará de acuerdo a la siguiente tabla: Cantidad de documentos Puntaje 7 o más 100 puntos Entre 4 y 6 80 puntos Entre 1 y 3 50 puntos No presenta o no acredita experiencia 0 puntos La evaluación de la experiencia del Director de Proyecto, será la suma de los puntajes obtenidos en B.2.1 y B.2.2. Para la obtención de B.2 se aplicará la siguiente fórmula: B.2 = (B.2.1 + B.2.2) * 0.25 Para la evaluación final del criterio experiencia se aplicará la siguiente fórmula: Experiencia Oferente = (puntaje B1 + puntaje B2) * 0.5
Precio
Corresponde al “valor neto” ofertado indicado en el Formulario N°4 de Oferta Económica. Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más conveniente. Si todas las ofertas son mayores al presupuesto referencial, se considerará el monto referencial como el más conveniente. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente formula. Pje Oi = (Oe/Oi)* 100 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente (menor precio ofertado o monto referencial) Oi : Oferta del oferente i
Comportamiento contractual anterior
I. Se evaluará con 100 puntos al Proveedor que no registra reclamos/sanciones en Mercado Público durante los últimos 24 meses. II. Se evaluará con 50 puntos si el proveedor registra entre 1 y 4 reclamos/sanciones en Mercado Público durante los últimos 24 meses. III. Se evaluará con 0 puntos si el proveedor registra más de 5 reclamos/sanciones en Mercado Público durante los últimos 24 meses.
Cumplimiento de los requisitos
I. Se evaluará con 100 puntos a quien presente la totalidad de los documentos solicitados. II. Se evaluará con 80 puntos, a los proponentes que hayan presentado la totalidad de los antecedentes hasta el cierre de la Licitación, pero que deban realizar una segunda presentación de los formatos, donde se hayan detectado errores menores de llenado o aclarar documentos adjuntos. III. Se evaluará con 50 puntos a aquellos oferentes que no presenten un documento requerido en el artículo 11.2 y 11.3 antes del cierre de recepción de ofertas y que no sea esencial. IV. Se evaluará con 0 puntos a aquellos oferentes que no presentaron dos o más documentos requeridos en el artículo 11.2 y 11.3 antes del cierre de recepción de ofertas y que no sean esenciales.
PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y COMPLIANCE
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas y al Dictamen N° E370752 del año 2023 de la Contraloría General de la República, procede incluir un criterio de evaluación referido a si los oferentes cuentan con programas de integridad conocidos por su personal. En ese tenor, el criterio Pacto de Integridad se orienta a evaluar de acuerdo a las disposiciones contenidas en el inciso primero y sexto del artículo 4° de la ley N° 19.886, en el N° 2) del artículo 8° de la ley N° 20.393, que regula la responsabilidad penal de las personas jurídicas respecto de los delitos que indica, y en la letra d) del artículo 26 del decreto Ley 211 de 1973, que fija Normas para la Defensa de la Libre Competencia, que quienes contraten con la Administración del Estado, demuestren que han tenido un comportamiento íntegro, lo que se traduce en que las personas que trabajen para esos proveedores y participen en las actuaciones que deben llevarse a cabo durante la
Las 5 ponderaciones suman 100%, tal como las declara el portal
Garantías
Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato | Beneficiario: I. Municipalidad de Coquimbo | Monto: 5 | Moneda: % | Vencimiento: 30-06-2027 | Descripción: En virtud de lo que dispone el Artículo 123 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas N°19.886 y de acuerdo al Artículo Nº 38 de la Ley Nº18.695, la empresa adjudicataria, previo a la firma del contrato, deberá entregar una Garantía extendida a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N° 69.040.300-5, por un monto equivalente al 5% del valor neto ofertado, cuyo objetivo es garantizar el fiel cumplimiento del contrato; garantía que deberá entregar hasta antes del momento de suscribir el contrato definitivo. La garantía por Fiel Cumplimiento del contrato deberá cubrir el plazo ofertado más 4 meses, plazo que cubre la emisión de los actos administrativos previos a levantar el Acta de Entrega de Inicio de la consultoría, tales como decretos aprobatorios de contratos y designación de Inspección Técnica. El plazo ofertado y contratado se contabiliza desde el día siguiente al Acta de Inicio del contrato hasta la Recepción de la consultoría. Si no se ha entregado la Garantía exigida en el numeral 10.4 de las presente Bases, la Municipalidad si así lo determina, podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente. Si en el curso de la ejecución del proyecto se introdujeren aumentos y/o modificaciones a la consultoría, deberán también rendirse garantías sobre estas modificaciones, en el porcentaje indicado y sobre el monto de esas partidas adicionales, con vigencia igual al plazo de ejecución más 4 meses, sumado a la modificación de plazo aprobada en caso que se contemple, debiendo mantener su vigencia según se establece el presente artículo. El Consultor será responsable de mantener vigente las garantías de “Fiel Cumplimiento del Contrato”, si éste aumenta su plazo, si se registraran retrasos en la entrega de los productos o si, por cualquier otra causa, expirare su vigencia. La presente garantía podrá hacerse efectiva por incumplimiento en las obligaciones establecidas en el contrato. Esta garantía debe mantenerse siempre vigente y renovarse cada vez que se otorgue un aumento de plazo o de monto, o bien si es cobrada para hacer efectiva la aplicación de multas. En caso de término anticipado por incumplimiento o causa imputable al proveedor, al tenor de lo indicado en las bases administrativas, se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento a beneficio municipal. No obstante, el municipio se reserva el derecho de demandar judicialmente si los perjuicios son superiores al monto de la garantía. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán aplicar conjunta o independientemente otras sanciones que sean procedentes según contrato. La sola aceptación de las presentes bases implica la autorización del oferente a la Municipalidad de Coquimbo para hacer efectiva la garantía, sin necesidad de notificación previa, ni requerimiento administrativo judicial. Asimismo, determina la autorización expresa del oferente de prestador para aplicar los fondos recuperados de la garantía a satisfacción de los perjuicios causados y de su retención para el pago de eventuales responsabilidades. | Glosa: “Garantía de fiel cumplimiento del contrato “Estudio de Prefactibilidad para la Construcción de un sistema de Teleférico en la Comuna de Coquimbo”, la que deberá ser extendida a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N°69.040.300-5.
Otras Garantías | Beneficiario: I. Municipalidad de Coquimbo | Monto: 20 | Moneda: % | Vencimiento: 31-07-2026 | Descripción: El Consultor adjudicado podrá solicitar anticipo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 125 del Reglamento, previa petición a la Inspección Técnica y aprobación del Municipio. El anticipo no podrá ser de un monto superior al 20 % del valor del contrato primitivo (hasta 20%), y se otorgará siempre que el consultor lo caucione totalmente con una Garantía, cuyo plazo de vigencia será el del contrato (plazo ejecución del estudio) más cuatro meses. La solicitud de anticipo debe ser coordinada entre la Inspección Técnica y el Consultor adjudicado, solicitud y pago que podrá gestionarse una vez firmado el contrato, antes de la firma del acta de inicio del contrato, siempre que sea previo a cursar el primer estado de pago. El anticipo no estará afecto a reajuste y su devolución se efectuará en concordancia con el avance financiero del contrato. Se comenzará a devolver desde el primer estado de pago, en cuotas equivalentes al porcentaje de anticipo. Se descontará del monto del estado de pago respectivo, debiendo en todo caso quedar totalmente amortizado en el penúltimo estado de pago. La devolución del anticipo se efectuará en base al monto del anticipo otorgado, según se indica en la siguiente tabla: Etapa Situación % devolución de anticipo Etapa I Devolución 10 % Etapa II Devolución 20 % Etapa III Devolución 30 % Etapa IV Devolución 40% Etapa V TOTAL 100% | Glosa: “Garantía por anticipo proyecto “Estudio de Prefactibilidad para la Construcción de un sistema de Teleférico en la Comuna de Coquimbo”.