Cómo se evalúan las ofertas
Los factores con que se evalúan las ofertas y las garantías que declaran las bases de esta licitación, tal como los publica el portal. Los factores se muestran ordenados de mayor a menor peso; el portal los lista en otro orden.
Dos factores concentran el 70% de la evaluación: Precio y Comportamiento Contractual Anterior, con 40% y 30%.
Precio 40%
Comportamiento Contractual Anterior 30%
19%
10%
1%
PrecioComportamiento Contractual AnteriorCumplimiento Requisitos FormalesPlazo de Entrega (Valor Criterio en días hábiles)Programa (s) de Integridad y Compliance
Precio
(Menor Precio Ofertado/ Precio Ofertado) x 100
Comportamiento Contractual Anterior
Proveedor No Registra sanciones durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 100 Puntos Proveedor Registra entre 1 y 4 sanciones, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 50 Puntos Proveedor Registra 5 o más sanciones, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 0 Puntos
Cumplimiento Requisitos Formales
100 puntos: Oferta cumple con todos los requisitos de forma. No se solicitaron correcciones, aclaraciones, modificaciones, o acompañar documentación faltante; tampoco debió ser corregida de oficio la propuesta o alguno de sus documentos, ni por la comisión evaluadora en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora. 50 puntos: Oferta no cumple con todos los requisitos de forma. a) Debiendo el municipio solicitar correcciones, aclaraciones, o modificaciones, a la oferta, en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora, sin necesidad de acompañar documentación faltante. b) La oferta o alguno de sus documentos debió ser corregida de oficio por la comisión evaluadora. 0 puntos: Oferta no cumple con todos los requisitos de forma, debiendo el municipio solicitar acompañar documentación faltante en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora. Se deja expresa constancia que al tenor de lo señalado en el artículo 56 d
Plazo de Entrega (Valor Criterio en días hábiles)
Se evaluará el plazo de entrega en días hábiles, contado dese la aceptación de la Orden de Compra, considerando los productos puestos en Bodega Municipal. 100 puntos: Oferta un plazo de entrega entre 1 y 4 días hábiles. 75 puntos : Oferta un plazo de entrega entre 5 y 8 días hábiles. 50 puntos : Ofertas que indiquen entre 9 y 11 días hábiles. Las ofertas en las que no se indique plazo de entrega, o este sea superior a 11 días hábiles, serán declaradas inadmisibles. Quienes oferten despacho y no Plazo de Entrega serán declarados inadmisibles. El plazo de entrega ofertado debe ser en días hábiles, quienes oferten en días corridos serán evaluados con 0 puntos.
Programa (s) de Integridad y Compliance
De acuerdo a lo señalado en el Dictamen Nº E370752/2023, de Contraloría General de la República, se evaluarán a los oferentes sobre la base de la información indicada en Anexo “Programa(s) de Integridad y compliance”. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.Asignando puntaje como se indica a continuación: El oferente cuenta con programas de integridad y compliance que sean conocidos por el personal, y adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por estos. 100 Puntos Se deja expresa constancia, que no se considerará como medio probatorio válido, la sola presentación de una declaración jurada suscrita por el representante legal, empleador o equivalente. Lo anterior, a fin de exigir medios de verificación doc
Las 5 ponderaciones suman 100%, tal como las declara el portal
Garantías
Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato | Beneficiario: Municipalidad de Coquimbo, Rut N° 69.040.300-5 | Monto: 5 | Moneda: % | Vencimiento: 29-03-2027 | Descripción: El proveedor adjudicado deberá presentar caución por el fiel y oportuno cumplimiento de lo contratado. Podrá ser cualquier instrumento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, que sea pagadera a la vista y que tenga el carácter de irrevocable. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su reglamento. Debe ser tomada a nombre de la Municipalidad de Coquimbo, por un monto equivalente al 5% del monto neto adjudicado, con vigencia mínima de 60 días hábiles después de terminado el tiempo de vigencia del contrato. Lo anterior, a menos que la oferta adjudicada sea declarada por el municipio como oferta temeraria o se considere una contratación riesgosa, o bien, existan disposiciones legales particulares. En estos casos de excepción, la Municipalidad deberá justificar la circunstancia habilitante para aumentar el valor de la garantía, mediante resolución fundada. Lo anterior, a menos que la oferta adjudicada sea calificada por el Municipio como oferta temeraria o se trate de una contratación riesgosa, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, o bien existan disposiciones legales especiales que así lo autoricen. En estos casos de excepción, la Municipalidad de Coquimbo podrá exigir un aumento en el monto de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, circunstancia que deberá ser debidamente justificada mediante resolución fundada, previa aplicación del procedimiento establecido en la normativa vigente para la revisión y análisis de ofertas anormalmente bajas. El plazo máximo de presentación será de 5 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. Deberá entregarse en el Departamento de Adquisiciones y Propuestas, ubicado en Avenida Varela Nº 1112, 6º piso, Coquimbo. En caso que la garantía sea de origen digital y cumpla con lo establecido en la Ley 19.799, podrá ser enviada mediante correo electrónico a la casilla pgomez@municoquimbo.cl . La fecha de vencimiento, y monto de esta caución no podrán ser inferiores a la indicada en la presente licitación. No serán a la vista aquellas en que se indique “previa resolución de liquidador”, “cláusula de arbitraje”, u otra expresión similar, ni aquellas pagaderas con aviso previo. En el evento de garantizar, a través de certificado de fianza, este deberá reunir la característica de ser pagadero a primer requerimiento. Respecto a los oferentes que quieran garantizar, a través de póliza de seguro, incluir las siguientes cláusulas a) Prohibición de ponerle término o modificarla, unilateralmente sin el consentimiento escrito del Municipalidad de Coquimbo; b) Ser a la vista, o no estar sujeta a un proceso de liquidación. c) Que no será aplicable cláusula de arbitraje. d) Debe establecer que se hará efectiva en caso de multas aplicadas al contratista. e) Debe incluir el pago de remuneraciones y cotizaciones de salud y previsionales de los trabajadores del contratista. El Municipio se reserva el derecho de solicitar a las entidades financieras, documentos que autentifiquen las garantías. La presente garantía podrá hacerse efectiva por incumplimiento en las obligaciones establecidas en el contrato. Esta garantía, debe mantenerse siempre vigente y renovarse cada vez que se otorgue un aumento de plazo o de monto; o bien si es cobrada para hacer efectiva la aplicación de multas. En caso de término anticipado por incumplimiento o causa imputable al proveedor, al tenor de lo indicado en las bases administrativas, se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento a beneficio municipal. No obstante, el municipio se reserva el derecho de demandar judicialmente si los perjuicios son superiores al monto de la garantía. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán aplicar conjunta o independientemente otras sanciones que sean procedentes según contrato. La sola aceptación de las presentes bases implica la autorización del oferente al municipio para hacer efectiva la garantía, sin necesidad de notificación previa, ni requerimiento administrativo judicial. Asimismo, determina la autorización expresa del prestador para aplicar los fondos recuperados de la garantía a la satisfacción de los perjuicios causados y de su retención para el pago de eventuales responsabilidades | Glosa: La glosa deberá indicar “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de la Propuesta Pública N° 230/2026”.