Cómo se evalúan las ofertas
Los factores con que se evalúan las ofertas y las garantías que declaran las bases de esta licitación, tal como los publica el portal. Los factores se muestran ordenados de mayor a menor peso; el portal los lista en otro orden.
Dos factores concentran el 75% de la evaluación: Oferta Economica y Experiencia del Oferente, con 45% y 30%.
Oferta Economica 45%
Experiencia del Oferente 30%
10%
10%
5%
Oferta EconomicaExperiencia del OferenteComportamiento contractual anteriorCumplimiento requisitos formalesPrograma de integridad
Oferta Economica
Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más conveniente. Si todas las ofertas son mayores al presupuesto referencial, se considerará el monto referencial como el más conveniente. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente fórmula: Pje Oi = (Oe/Oi)* 100 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente Oi : Oferta del oferente i
Experiencia del Oferente
Se considerará sólo la experiencia que se encuentre indicada en Formulario N° 6 y que esté debidamente acreditada con la documentación indicada en el punto 11.3 punto 3 de las bases. Aquella experiencia que no esté mencionada en Formulario N° 6 o que no sea debidamente acreditada según lo indicado en el Artículo 11.3, punto 3, no será considerada. La asignación de puntaje será de acuerdo a los siguientes tramos: • 10 o más proyectos o trabajos ejecutados: 100 puntos. • 6 a 9 proyectos o trabajos ejecutados: 50 puntos. • 1 a 5 proyectos o trabajos ejecutados: 25 puntos. • Sin experiencia comprobable: 0 puntos.
Comportamiento contractual anterior
I. Se evaluará con 100 puntos al Proveedor que no registra reclamos/sanciones en Mercado Público durante los últimos 24 meses. II. Se evaluará con 50 puntos si el proveedor registra entre 1 y 4 reclamos/sanciones en Mercado Público durante los últimos 24 meses. III. Se evaluará con 0 puntos si el proveedor registra más de 5 reclamos/sanciones en Mercado Público durante los últimos 24 meses.
Cumplimiento requisitos formales
I. 100 puntos: Oferta cumple con todos los requisitos de forma. No se solicitaron correcciones, aclaraciones, modificaciones, o acompañar documentación faltante; tampoco debió ser corregida de oficio la propuesta o alguno de sus documentos, ni por la comisión evaluadora en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora. II. 50 puntos: Oferta no cumple con todos los requisitos de forma. a) Debiendo el municipio solicitar correcciones, aclaraciones, o modificaciones, a la oferta, en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora, sin necesidad de acompañar documentación faltante. b) La oferta o alguno de sus documentos debió ser corregida de oficio por la comisión evaluadora. III. 0 puntos: Oferta no cumple con todos los requisitos de forma, debiendo el municipio solicitar acompañar documentación faltante en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora.
Programa de integridad
Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Asignando puntaje como se indica a continuación: I. Se evaluará con 100 puntos al Proveedor que adjunte programa de integridad y documentos que den cuenta que es conocido por sus trabajadores. II. Se evaluará con 0 puntos si el proveedor no cuenta o no adjunta el programa de integridad conocido por sus trabajadores.
Las 5 ponderaciones suman 100%, tal como las declara el portal
Garantías
Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato | Beneficiario: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO | Monto: 5 | Moneda: % | Vencimiento: 30-10-2026 | Descripción: Según lo establecido en artículo 121 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas N°19.886 (DS 661/2024), referente a la exigencias de garantías de fiel cumplimiento de contrato en contrataciones inferiores a las 1.000 UTM, la norma permite requerir fundadamente la presentación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en virtud del riesgo involucrado en la contratación, en el porcentaje señalado en tal norma; de esta manera la Municipalidad de Coquimbo, considerando que la habilitación del suministro eléctrico de recinto destinado como corral municipal resulta una necesidad esencial para su correcto funcionamiento y a su vez para resguardar la calidad de dichos trabajos, resulta del todo necesaria la exigencia de garantía de fiel cumplimiento para la presente licitación. Por lo anterior, y en virtud de lo que dispone el Artículo 123° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas N°19.886 y de acuerdo al Artículo Nº 38 de la Ley Nº18.695, la empresa adjudicataria, previo a la firma del contrato, deberá entregar una Garantía extendida a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N° 69.040.300-5, por un monto equivalente al 5% del valor neto del contrato, cuyo objetivo es garantizar el fiel cumplimiento de éste y la correcta ejecución de la obra; garantía que deberá entregar hasta antes del momento de suscribir el contrato definitivo. Su glosa debe decir: “Garantía de fiel cumplimiento y correcta ejecución de la obra denominada “SUMINISTRO ELÉCTRICO LOTE 1 Y 2 PARCELA 23”, la que deberá ser extendida a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N°69.040.300-5. La garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución de la Obra deberán cubrir el plazo ofertado más 14 meses, plazo que cubre la emisión de los actos administrativos previos a levantar el Acta de Entrega de Terreno, tales como decretos aprobatorios de contratos y designación de Inspección Técnica. El plazo ofertado se contabiliza desde el día siguiente a la Entrega de Terreno, hasta la Recepción Provisoria de Obras. Si no se ha entregado la Garantía exigida en el numeral 10.4 de las presente Bases, la Municipalidad si así lo determina, podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente. Si en el curso de la ejecución del proyecto se introdujeren aumentos y/o modificaciones a la obra (obras extraordinarias), deberán también rendirse garantías sobre estas modificaciones, en el porcentaje indicado y sobre el monto de esas partidas adicionales, con vigencia igual al plazo de ejecución más 14 meses, sumado a la modificación de plazo aprobada en caso que se contemple, debiendo mantener su vigencia según se establece el presente artículo. El Contratista será responsable de mantener vigente las garantías de “Fiel Cumplimiento de Contrato y Correcta Ejecución de las Obras”, si éste aumenta su plazo, si se registraran retrasos en el término de las obras o si, por cualquier otra causa, expirare su vigencia. La presente garantía podrá hacerse efectiva por incumplimiento en las obligaciones establecidas en el contrato. Esta garantía debe mantenerse siempre vigente y renovarse cada vez que se otorgue un aumento de plazo o de monto, o bien si es cobrada para hacer efectiva la aplicación de multas. En caso de término anticipado por incumplimiento o causa imputable al proveedor, al tenor de lo indicado en las bases administrativas, se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento a beneficio municipal. No obstante, el municipio se reserva el derecho de demandar judicialmente si los perjuicios son superiores al monto de la garantía. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán aplicar conjunta o independientemente otras sanciones que sean procedentes según contrato. La sola aceptación de las presentes bases implica la autorización del oferente a la Municipalidad de Coquimbo para hacer efectiva la garantía, sin necesidad de notificación previa, ni requerimiento administrativo judicial. Asimismo, determina la autorización expresa del oferente de prestador para aplicar los fondos recuperados de la garantía a satisfacción de los perjuicios causados y de su retención para el pago de eventuales responsabilidades. | Glosa: “Garantía de fiel cumplimiento y correcta ejecución de la obra denominada “SUMINISTRO ELÉCTRICO LOTE 1 Y 2 PARCELA 23”