Cómo se evalúan las ofertas
Los factores con que se evalúan las ofertas y las garantías que declaran las bases de esta licitación, tal como los publica el portal. Los factores se muestran ordenados de mayor a menor peso; el portal los lista en otro orden.
Dos factores concentran el 50% de la evaluación: Precio y Experiencia de los Oferentes, con 30% y 20%.
Precio 30%
Experiencia de los Oferentes 20%
15%
10%
10%
2 otros factores · 15%
PrecioExperiencia de los OferentesCondiciones de empleo y remuneraciónComportamiento contractual anteriorCumplimiento de los requisitos2 otros factores
Precio
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Experiencia de los Oferentes
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Condiciones de empleo y remuneración
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Comportamiento contractual anterior
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Cumplimiento de los requisitos
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Capacidad Economica
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Integridad de los Proveedores
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Las 7 ponderaciones suman 100%, tal como las declara el portal
Garantías
Garantías de Seriedad de Ofertas | Beneficiario: Municipalidad de Collipulli | Monto: 1000000 | Moneda: Peso Chileno | Vencimiento: 11-06-2025 | Descripción: 20. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA Se exigirá una Boleta Bancaria de Garantía a la vista , Vale Vista (o los instrumentos permitidos por la Ley de Compras Públicas), avalando la seriedad de la oferta por un monto de $1.000.000 (Un Millón de pesos), pagadera a la vista en moneda nacional en curso, carácter irrevocable y a primer requerimiento a nombre de la MUNICIPALIDAD DE COLLIPULLI, RUT Nº69.180.500-K, con vigencia según lo definido en el Portal (90 días corridos aproximado desde el día de apertura de la propuesta indicada en la plataforma digital) y con glosa que indique que es para caucionar la oferta de la licitación denominada “SERVICIO MANTENCIÓN DE BARRIDO, LIMPIEZA DE CALLES, RETIRO DE ESCOMBROS, RAMAS Y VOLUMINOSOS DE LA COMUNA DE COLLIPULLI Y EL TRANSPORTE DE LOS ELEMENTOS RESULTANTES A DISPOSICIÓN FINAL”. La garantía debe ser de alguna entidad financiera con sucursal en la Región de la Araucanía, de acuerdo, a lo contenido en el Párrafo N° 6 Art. N°52 del Decreto N° 661 que “APRUEBA REGLAMENTO DE LA LEY N° 19.886, DE BASES SOBRE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SUMINISTRO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS, Y DEJA SIN EFECTO EL DECRETO SUPREMO Nº 250, DE 2004, DEL MINISTERIO DE HACIENDA”. 21. PRESENTACIÓN GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA a. PRESENTACIÓN FÍSICA DE GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA Los OFERENTES de haber tomado una garantía en soporte papel deberán presentar físicamente lo requerido en estas bases de servicio en la Oficina de Partes Municipal, ubicada en Avda. Saavedra Sur Nº 1355 Primer piso, hasta las 14:00 horas de la fecha de cierre electrónico de la propuesta. EL SOBRE DOCUMENTO GARANTÍA CONTENDRÁ: La presentación de lo solicitado será en un sobre cerrado denominado DOCUMENTO GARANTÍA, nombre que deberá estar escrito exteriormente (como Título) en el sobre. Además del título señalado deberá tener caratulado lo siguiente en su exterior: • Nombre del SERVICIO • Nombre del OFERENTE. • Firma del OFERENTE. • Domicilio del OFERENTE. • Fono y correo electrónico. Y su glosa será: Para caucionar la SERIEDAD DE LA OFERTA denominada “SERVICIO MANTENCIÓN DE BARRIDO, LIMPIEZA DE CALLES, RETIRO DE ESCOMBROS, RAMAS Y VOLUMINOSOS DE LA COMUNA DE COLLIPULLI Y EL TRANSPORTE DE LOS ELEMENTOS RESULTANTES A DISPOSICIÓN FINAL”, los Proponentes presentarán una Boleta Bancaria de Garantía a la “Vista” ó Vale Vista (o los instrumentos permitidos por la Ley de Compras Públicas), más ficha tipo de identificación garantía seriedad de la oferta, denominado Anexo 3. b. PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. Los OFERENTES de haber tomado una garantía electrónica, de acuerdo al Art. 52 inciso 3° del reglamento de compras públicas y que cumpla con lo señalado en la Ley N°19.799 SOBRE DOCUMENTOS ELECTRONICOS, FIRMA ELECTRONICA Y SERVICIOS DE CERTIFICACION DE DICHA FIRMA, deberán entregarla como documento adjunto en su oferta a través del portal de compras públicas, en conjunto con el anexo N°3. (No se aceptarán garantían en formato papel digitalizadas y adjuntadas a la oferta como presentación de garantía de Seriedad de la Oferta). c. SOBRE LA GLOSA DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA La garantía deberá señalar en su glosa que es Para caucionar la seriedad de la oferta denominada “SERVICIO MANTENCIÓN DE BARRIDO, LIMPIEZA DE CALLES, RETIRO DE ESCOMBROS, RAMAS Y VOLUMINOSOS DE LA COMUNA DE COLLIPULLI Y EL TRANSPORTE DE LOS ELEMENTOS RESULTANTES A DISPOSICIÓN FINAL”. En el caso de tratarse de un vale vista u otro documento que no permita ingresar una glosa, la descripción requerida deberá encontrarse señalada al dorso del mismo documento o con un documento adjunto (Anexo N° 3) que señale dicha glosa con firma del representante legal. 22. CASOS EN QUE SE PODRÁ HACER EFECTIVA LA GARANTÍA SERIEDAD DE LA OFERTA Esta garantía se podrá hacer efectiva en cualquiera de los siguientes casos: • Si el oferente se desiste de su oferta. • No acepta o rechaza la orden de compra respectiva. • Si el Adjudicatario no entrega en el plazo, forma y condiciones la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato que se establece en las Bases Administrativas. • Si el adjudicatario no hace entrega de los documentos necesarios para la redacción del contrato • Si no suscribe el contrato de prestación, entrega o ejecución del servicio. • Si el adjudicatario no se encuentra hábil al momento de suscribir el contrato. 23. DEVOLUCIÓN GARANTÍA POR SERIEDAD DE LA OFERTA La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. de la preselección de los oferentes o de la adjudicación, en la forma que se señale en las Bases de licitación. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas no hayan sido adjudicados (a excepción del oferente que haya obtenido la segunda mejor evaluación) se efectuará en un plazo no superior a 10 días corridos desde la fecha en que el oferente haya solicitado de forma escrita su devolución. La devolución de garantía de seriedad de la oferta al oferente adjudicado, se efectuará con posterioridad a la firma del respectivo contrato y presentación de la garantía de fiel cumplimiento del contrato. La devolución de la garantía de seriedad de la oferta del oferente que obtuvo la segunda mejor evaluación se hará una vez firmado el contrato de prestación de los servicios con el oferente adjudicado y debidamente aprobado por decreto alcaldicio. Todo esto en concordancia con el Art. N°53 del Reglamento de Compras Públicas. | Glosa: La garantía deberá señalar en su glosa que es Para caucionar la seriedad de la oferta denominada “SERVICIO MANTENCIÓN DE BARRIDO, LIMPIEZA DE CALLES, RETIRO DE ESCOMBROS, RAMAS Y VOLUMINOSOS DE LA COMUNA DE COLLIPULLI Y EL TRANSPORTE DE LOS ELEMENTOS RESULTANTES A DISPOSICIÓN FINAL”. En el caso de tratarse de un vale vista u otro documento que no permita ingresar una glosa, la descripción requerida deberá encontrarse señalada al dorso del mismo documento o con un documento adjunto (Anexo N° 3) que señale dicha glosa con firma del representante legal.
Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato | Beneficiario: Municipalidad de Collipulli | Monto: 10 | Moneda: % | Vencimiento: 02-06-2027 | Descripción: 30. GARANTIA DEL CORRECTO, FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: En un plazo de hasta 10 días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación y en todo caso EN FORMA PREVIA A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO, el proponente favorecido deberá entregar Boletas Bancarias de Garantía a la vista o Vale Vista (o los instrumentos permitidos por la Ley de Compras Públicas) por el 10% del precio final neto ofertado por el adjudicatario, tomada a favor de la MUNICIPALIDAD DE COLLIPULLI, Rut 69.180.500-K, para caucionar el correcto, oportuno y fiel cumplimiento del Contrato. En moneda nacional (peso chileno), la cual, deberá ser pagadera a la vista en moneda nacional en curso, carácter irrevocable y a primer requerimiento, concordancia a los artículos N° 121, 122 y 123 del Decreto N° 661 que “APRUEBA REGLAMENTO DE LA LEY N° 19.886, DE BASES SOBRE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SUMINISTRO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS, Y DEJA SIN EFECTO EL DECRETO SUPREMO Nº 250, DE 2004, DEL MINISTERIO DE HACIENDA” • “SERVICIO MANTENCIÓN DE BARRIDO, LIMPIEZA DE CALLES, RETIRO DE ESCOMBROS, RAMAS Y VOLUMINOSOS DE LA COMUNA DE COLLIPULLI Y EL TRANSPORTE DE LOS ELEMENTOS RESULTANTES A DISPOSICIÓN FINAL” Si el OFERENTE no diere oportuno cumplimiento a la obligación antes mencionada, tendrá aplicación lo dispuesto en las BA y los señalando en el Reglamento de Compras Públicas vigente en su Art. 123. Si la garantía de cumplimiento no fuere entregada dentro del plazo indicado, la Entidad licitante podrá aplicar las sanciones que correspondan y adjudicar el contrato definitivo al Oferente siguiente mejor evaluado El plazo de vigencia de la garantía será igual al plazo de ejecución del servicio, de acuerdo al contrato, más 60 días de holgura para palear los días de firma de contrato, etc. (es decir lo recomendado deberá ser de 790 días corridos aproximadamente o la fecha definida en el portal). Si existiesen aumentos de plazo, la vigencia de la boleta se determinará sobre la base de los plazos señalados en el inciso anterior. El aumento de plazo deberá ser consensuado entre las partes, formalizado por contrato y decreto respectivo. Lo anterior, solo en casos justificados. Lo anterior, significa que en todo momento las garantías deben cubrir el valor total del contrato más los aumentos y modificaciones que haya tenido. Con ello, eventuales aumentos en el plazo de ejecución del contrato no necesariamente significarán un cambio en la boleta de garantía, mientras el nuevo plazo para la recepción definitiva no supere la vigencia de ella. El OFERENTE deberá renovar las garantías si los contratos se extienden más allá del plazo de vigencia de ella, por el período que, a su requerimiento, determine el Mandante o si esta se hiciese efectiva. Si no la renovare, el Mandante queda facultado para hacerla efectiva, según lo establecido en los Bases Administrativas, sin perjuicio de la facultad del municipio de terminar el contrato. La garantía de fiel, oportuno y correcto cumplimiento quedará en poder de la Tesorera Municipal de la Municipalidad de Collipulli. 31. SOBRE LA GLOSA DE LA GARANTÍA DEL CORRECTO, FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Se debe entregar una garantía de fiel cumplimiento según lo señalado en las presentes bases administrativas y deberá señalar en su glosa general; que es para Caucionar el Correcto, Fiel y Oportuno Cumplimiento de “SERVICIO MANTENCIÓN DE BARRIDO, LIMPIEZA DE CALLES, RETIRO DE ESCOMBROS, RAMAS Y VOLUMINOSOS DE LA COMUNA DE COLLIPULLI Y EL TRANSPORTE DE LOS ELEMENTOS RESULTANTES A DISPOSICIÓN FINAL”, según corresponda. En el caso de tratarse de un vale vista u otro documento que no permita ingresar una glosa, la descripción requerida deberá encontrarse señalada al dorso del mismo documento o con un documento adjunto que señale dicha glosa con nombre y firma del representante legal. 32. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA POR EL CORRECTO, OPORTUNO Y FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: Se efectuará cumpliéndose los siguientes supuestos: a. Recepción definitiva sin observaciones por parte de la ITS y la comisión nombrada para tales efectos por parte de la Municipalidad de Collipulli. b. El Contratista debe ingresar por la Oficina de Parte de la Municipalidad una solicitud dirigida al alcalde, en donde solicita la devolución de la respectiva garantía. c. El ITS elabora un Informe al alcalde señalando la conformidad del término del proceso o las situaciones particulares del mismo. Teniendo presentes factores como: plazo, cumplimiento de las Especificaciones Técnicas, deudas, etc. d. Seguido a lo anterior, desde la ITS se elabora un Decreto Alcaldicio en función de la Devolución de la respectiva garantía al contratista. Este decreto se envía a la Dirección de Administración y Finanzas de la Municipalidad y por ende a la Tesorería Municipal. e. Tesorería Municipal con el decreto antes mencionado procede a devolver la garantía al contratista a través de un oficio o documento conducto correspondiente dirigido al contratista. 33. CASOS EN QUE SE PODRÁ HACER EFECTIVA LA GARANTÍA POR EL CORRECTO, OPORTUNO Y FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: La municipalidad estará facultada para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en los siguientes casos: a. En caso de incumplimiento del Contratista de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores. b. En caso de incurrir el OFERENTE en cualquier incumplimiento a los deberes y obligaciones derivados del contrato. c. Ante la declaración de quiebra o el estado de notoria insolvencia del contratista a menos que se mejoren las cauciones entregadas, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Ley 19.886. d. Si los representantes o el personal del contratista han sido condenados por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el Título V del Libro Segundo del Código Penal. e. Tratándose de personas jurídicas, haber sido condenado de acuerdo a la Ley 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, por delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho. f. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con los trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato o con un máximo de seis meses. g. Si al momento de la suscripción del contrato el adjudicatario no esté habilitado para contratar con la Municipalidad. h. Si al momento de la suscripción del contrato alguno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados, estuviere inhabilitado para contratar con la Municipalidad y esta se desistiere de su participación en el respectivo proceso. i. Si existe un atraso injustificado mayor a 30 días en el Programa de trabajo o Carta Gantt, entregada por el adjudicatario y aprobada por la ITS al momento de la firma del Acta de Inicio de Servicio (o la programación vigente de haber habido modificaciones aprobadas por la ITS en el transcurso del contrato) j. En caso que las multas acumuladas superen las 100 UTM o el 10% del contrato durante toda la vigencia del contrato. k. Por la negativa del contratista a subsanar dentro de plazo las observaciones que se le formulen en el Acta de Recepción Provisoria de las obras. l. Si no renueva la garantía indicada en el Art. N°32 Inciso final de estas BA. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la Entidad licitante pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del Proveedor, en conformidad con el artículo N° 124 del Decreto N° 661 que “APRUEBA REGLAMENTO DE LA LEY N° 19.886, DE BASES SOBRE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SUMINISTRO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS, Y DEJA SIN EFECTO EL DECRETO SUPREMO Nº 250, DE 2004, DEL MINISTERIO DE HACIENDA” | Glosa: Se debe entregar una garantía de fiel cumplimiento según lo señalado en las presentes bases administrativas y deberá señalar en su glosa general; que es para Caucionar el Correcto, Fiel y Oportuno Cumplimiento de “SERVICIO MANTENCIÓN DE BARRIDO, LIMPIEZA DE CALLES, RETIRO DE ESCOMBROS, RAMAS Y VOLUMINOSOS DE LA COMUNA DE COLLIPULLI Y EL TRANSPORTE DE LOS ELEMENTOS RESULTANTES A DISPOSICIÓN FINAL”, según corresponda. En el caso de tratarse de un vale vista u otro documento que no permita ingresar una glosa, la descripción requerida deberá encontrarse señalada al dorso del mismo documento o con un documento adjunto que señale dicha glosa con nombre y firma del representante legal.