Cómo se evalúan las ofertas
Los factores con que se evalúan las ofertas y las garantías que declaran las bases de esta licitación, tal como los publica el portal. Los factores se muestran ordenados de mayor a menor peso; el portal los lista en otro orden.
Dos factores concentran el 75% de la evaluación: Precio y Servicio Post Venta, con 40% y 35%.
Precio 40%
Servicio Post Venta 35%
14%
6%
5%
PrecioServicio Post VentaCumplimiento de los requisitosSELLO EMPRESA MUJERPrograma de Integridad
Precio
Criterios Puntaje Ponde ración (%) 1.- Precio (40%), Anexo N°9. 10 puntos, se asignará a la oferta más económica por ítem de producto. Las demás ofertas serán evaluadas en forma inversamente proporcional a la oferta más económica. Para cada uno de los distintos artículos considerados en el formato oferta económica, se asignará 10 puntos al precio ofertado más bajo, y al resto de las ofertas en cada ítem, se le asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula: 0-10 40%
Servicio Post Venta
2.- Plazo de Garantías Post venta (35%), Anexo N°8: La garantía de Post Venta, considera el cambio del producto o la reparación del mismo. El punto de partida para ofertar respecto a este factor es lo establecido en ley de derechos de consumidor; Forma de Cálculo: • Garantía de 10 meses : 10 puntos • Garantía de 9 meses : 8 Puntos • Garantía de 8 meses : 5 Puntos • Garantía de 7 meses : 2 puntos • Garantía de 6 meses : 1 punto • Garantía inferior a 6 meses: Fuera de Bases -Desperfecto en los Materiales (garantía dentro del plazo post venta ofertado) -Desperfecto de Confección (garantía dentro del plazo post venta ofertado) 1-10 35%
Cumplimiento de los requisitos
3.- Cumplimiento de Requisitos Formales 14% En el caso de que un oferente no presente toda la documentación requerida para esta licitación, en base a lo que señala en las bases administrativas, se solicitarán la regularización que corresponda en la presentación de antecedentes faltantes, o bien, se solicitarán aclaraciones respecto a los documentos administrativos técnicos y económicos efectivamente presentados y se procederá a evaluar de acuerdo a los siguientes criterios: FORMALIDAD (14%) SITUACION ATRIBUTO Puntaje Final Consecuencia Se asignará el máximo puntaje en el Factor Formalidad, al oferente que al momento del cierre de ofertas haya subido al portal mercado público, como parte de su oferta, todos los antecedentes administrativos, técnicos y económicos requeridos en las bases, dentro del plazo y forma, según cronograma de la licitación. Cumple 100% con presentación de documentos en forma y oportunidad. 10 puntos, No aplica descuento Si al momento de la apertura de ofertas, se verifica la ausencia de alguno de los documentos administrativos. Será requerida su regularización por foro inverso. Solicitudes realizadas por Foro Inverso, SI fueron efectivamente respondidas por foro inverso, regularizando los documentos faltantes, dentro del plazo extraordinario otorgado según bases administrativas. 5 puntos 5 Puntos de descuento Solicitudes realizadas por Foro Inverso, NO fueron efectivamente respondidas por foro inverso, por lo que no se regularizó los documentos faltantes, dentro del plazo extraordinario otorgado según bases administrativas. Se declara inadmisible la oferta
SELLO EMPRESA MUJER
5.- Sello Empresa Mujer 6% La Dirección de ChileCompra y ChileProveedores crearon el Sello Empresa Mujer, el cual identifica a las empresas lideradas por mujeres. En el caso de que el proveedor sea una persona natural, la única condición necesaria es ser mujer y en el caso de que el proveedor sea una persona jurídica, éste cumple con dos condiciones: (1) el 50% de la propiedad de la empresa corresponde a una o más mujeres y (2) el representante legal o gerente general es mujer Con la actualización de la Directiva N°20 en noviembre de 2022, se automatizó la entrega de este sello, asignándose automáticamente a quienes cumplan con los requisitos. De esta manera, tanto las empresas como las personas naturales no deben realizar ningún trámite adicional ni presentar documentos, gracias a a la interconexión con los datos del Registro Civil y el Servicio de Impuestos Internos. Así, se disminuye la burocracia y se facilita la participación de las mujeres al permitir a los organismos
Programa de Integridad
4.- Programa de Integridad (5%), Anexo N°5: El interés de la norma es que quienes contratan con el estado independiente de su naturaleza jurídica conozcan las conductas reñidas con la integridad y probidad, para así evitar que se produzcan situaciones que pugnen con esos principios La forma de acreditar el cumplimento de la normativa sobre integridad y compliance, para esta contratación en el caso de los Oferentes constituidos como personas jurídicas, es a través de la presentación por parte de las empresas, de programas de integridad. Con el objeto de que no se produzca un tratamiento arbitrario entre personas jurídicas y personas naturales que participen en la licitación, se dispone que aquellos participantes que sean personas naturales también puedan optar a la obtención de puntaje en este criterio, para lo cual deberá acreditar el conocimiento de estos temas a través de documentos donde conste su participación y en su caso, de quienes trabajen con él, en "cursos, cap
Las 5 ponderaciones suman 100%, tal como las declara el portal
Garantías
Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato | Beneficiario: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES | Monto: 5 | Moneda: % | Vencimiento: 24-10-2026 | Descripción: En caso de tratarse de una Póliza de Seguro, deberá a la vista, de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero (ex Superintendencia de Valores y Seguros de Chile), extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas de incumplimientos a estas Bases de Licitación, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el Prestador del Servicio deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva. El documento deberá ser entregado físicamente, o bien, enviado por correo certificado y recibido Oficina de Partes de la Dirección Regional Metropolitana de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, cuyo domicilio será informado oportunamente. Unidad Jurídica Regional, cuenta con un plazo los 3 días hábiles contados desde la notificación en el portal, de la Resolución de adjudicación, para contactar al o los oferentes adjudicados, a fin de coordinar la suscripción de contrato. La Subdirección de Asesoría Jurídica, para la suscripción de contrato, cuenta con 8 días hábiles, contados desde la solicitud de antecedentes al o los oferentes La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, SERVICIOS DE POST VENTA Y PAGO DE MULTAS PARA LA ADQUISICIÓN DE VESTUARIO PARA PERSONAL DE LA DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA DE LA JUNTA NACIONAL DE JARD INES INFANTILES, y las obligaciones que ordena el Artículo 11° de la Ley 19.886”, o similar. Respecto del vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento, según formato tipo en el establecido en anexo 6 en las presentes bases. La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva la facultad de solicitar la subsanación de cualquier error o defecto formal, que se contenga en el instrumento de garantía expresado defectuosamente, dentro del plazo previsto para su presentación. Si la subsanación se requiriere el último día de ese término, se concederán tres (3) días hábiles para la corrección del documento de garantía. Si en el período de vigencia del contrato, se resuelve la aplicación de una multa, el adjudicatario deberá gestionar el pago correspondiente, de modo directo a Junji, en los términos que señale el acto administrativo correspondiente. De no cumplirse con el pago directo de multa o bien, no se regulariza la situación anómala, la JUNJI estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario. 29.1 PROCEDIMIENTO DEL COBRO DE DOCUMENTO EN GARANTÍA • Antecedentes Generales Previo a la elaboración del acto administrativo de cobro de Garantía, cualquiera sea su naturaleza, se debe dar estricto cumplimiento al artículo 137del Reglamento N°661 de la Ley N° 19.886, en virtud de lo cual “Los procedimientos de contratación deben contemplar un procedimiento para la aplicación de las medidas establecidas para los casos de incumplimientos, que respete los principios de contradictoriedad e impugnabilidad. En virtud del mencionado procedimiento siempre se deberá conceder traslado al respectivo contratista o proveedor, a fin de que éste manifieste sus descargos en relación al eventual incumplimiento. La medida a aplicar deberá formalizarse a través de una resolución fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos del Estado.” “Detectada una situación que constituya incumplimiento y configure hipótesis que haga procedente el cobro de la Garantía, verificado por parte de la Unidad Requirente, a petición de la Unidad de gestión de Contrato, ésta última, le notificará al Proveedor o Contratista, por correo electrónico consignado en la plataforma, adjuntando oficio ordinario de la Directora Regional indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto del incumplimiento. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el Proveedor o Contratista tendrá un plazo de cinco días hábiles administrativos para efectuar sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes los que deberán ser ingresados por oficina de partes físicamente o al correo oficina_partesrm@junjired.cl Vencido el plazo sin presentar descargos, la Unidad de Gestión de Contrato Regional, enviará los antecedentes a la Subdirección Jurídica Regional, quienes emitirán la respectiva Resolución o Acto Administrativo que disponga el cobro de la Garantía, la que deberá notificarse por carta certificada al domicilio consignado en el contrato. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Unidad Requirente tendrá un plazo de hasta treinta días hábiles a contar de la recepción del mismo para proponer a la autoridad regional, el rechazar o acoger, total o parcialmente, lo que se determinará mediante Resolución o Acto Administrativo, lo que se notificará al Contratista por carta certificada”. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda. El cobro de la Garantía se ordenará en la Resolución Exenta que dé cuenta de la existencia del incumplimiento antes señalado, la que en todo evento debe estar debidamente fundada. Sin perjuicio de la anterior, el Contratista podrá disponer del mecanismo de impugnación contemplado en el artículo 59 de la Ley N° 19.880. Habiéndose resuelto el cobro de la Garantía, la unidad de Tesorería Regional, cualquiera sea la naturaleza y cuantía del proceso, debe ejecuta la Garantía, disponiendo materialmente su cobro (devengo, cobranza). En el caso que corresponda el cobro por un monto menor al de la garantía, la Institución deberá hacer efectivo el cobro total del documento, y en el sistema contable deberá devengar y cobrar sólo por el monto estipulado en la Resolución de cobro, y la diferencia deberá ser contabilizada como un depósito de terceros, monto que posteriormente deberá ser restituido según corresponda. En el caso que corresponda el cobro por un monto menor al de la garantía, la Institución deberá hacer efectivo el cobro total del documento, y en el sistema contable deberá devengar y cobrar sólo por el monto estipulado en la Resolución de cobro, y la diferencia deberá ser contabilizada como un depósito de terceros, monto que posteriormente deberá ser restituido al proponente, previa entrega por parte de este de un nuevo documento de garantía de fiel cumplimiento por el monto del diferencial que corresponda, y con las mismas características formales del documento inicial, incluyendo plazo de vigencia, beneficiario, glosa, etc. • Publicación del Acto Administrativo El acto administrativo de cobro de la garantía totalmente tramitado, cualquiera sea la naturaleza y cuantía del proceso, debe ser publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública por el/la Encargado o ejecutivo/a de Compras. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que la JUNJI pueda ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la garantía será compatible con esta última. La resolución que disponga el cobro de la mencionada garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada. | Glosa: 29.- GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, SERVICIOS DE POSTVENTA Y PAGO DE MULTAS El o los proveedores adjudicados, deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, presentando una garantía equivalente al 5% del valor total del contrato, dicha garantía debe ser extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines, RUT Nº 70.072.600-2, pagadera a la vista, no endosable irrevocable, expresarse en pesos chilenos y con una vigencia mínima de 60 días hábiles contados desde la fecha hábil siguiente al día de término del contrato. Podrá ser presentado una boleta de garantía, vale vista o depósito a la vista, póliza de seguro electrónica, certificado de fianza a la vista o cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva – siempre que tenga el carácter de irrevocable, nominativo, no endosable y pagadera a la vista –, serán aceptados como instrumentos válidos de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y del pago de obligaciones laborales y sociales.